Por Pablo Ortiz García
Hablemos de inconstitucionalidades preparadas por los miembros de Alianza País en la Asamblea Nacional. Si no cambiaron la Disposición Transitoria Primera de la Constitución, deben expedir, entre otras, “las leyes que organicen los registros de datos, en particular los registros civil, mercantil y de la propiedad”. El artículo 136 de la Carta Magna ordena: “Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia”. Es decir, únicamente se puede expedir leyes que traten un tema, no que desarrollen asuntos diversos. Por lo tanto, debe haber una ley por cada materia señalada en la Transitoria indicada. No un cargamontón.La comisión liderada por un tal Paco Velasco preparó el proyecto de Ley del Sistema Nacional de Registros de Información Pública. ¡Una concepción maravillosa del desconocimiento humano! En esta obra se crea el Sistema Nacional de Registros Públicos, “conformado por todas las instituciones públicas y privadas que manejen datos”. Según esta norma, el sistema incluirá a los Registros Civil, Mercantil, Societario, de la Propiedad y todas las instituciones que mantengan información, como la Superintendencia de Bancos, Servicio de Rentas Internas, IESS, Fiscalía, Consejo Electoral, Policía Judicial, Cortes, cámaras de la Producción, bancos, casas comerciales, etc., etc. Es decir, se quiere incluir en una ley una mezcolanza de materias nada afines. ¿Qué disponía la Constitución? Este sistema estará adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones. Todo en un ministerio. Los más disímiles temas en manos de un empleadito de tercer nivel, obediente al jefe. Pero la información en los Registros de la Propiedad será administrada “conjuntamente entre las municipalidades y la Función Ejecutiva”.
Hablemos de inconstitucionalidades preparadas por los miembros de Alianza País en la Asamblea Nacional. Si no cambiaron la Disposición Transitoria Primera de la Constitución, deben expedir, entre otras, “las leyes que organicen los registros de datos, en particular los registros civil, mercantil y de la propiedad”. El artículo 136 de la Carta Magna ordena: “Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia”. Es decir, únicamente se puede expedir leyes que traten un tema, no que desarrollen asuntos diversos. Por lo tanto, debe haber una ley por cada materia señalada en la Transitoria indicada. No un cargamontón.La comisión liderada por un tal Paco Velasco preparó el proyecto de Ley del Sistema Nacional de Registros de Información Pública. ¡Una concepción maravillosa del desconocimiento humano! En esta obra se crea el Sistema Nacional de Registros Públicos, “conformado por todas las instituciones públicas y privadas que manejen datos”. Según esta norma, el sistema incluirá a los Registros Civil, Mercantil, Societario, de la Propiedad y todas las instituciones que mantengan información, como la Superintendencia de Bancos, Servicio de Rentas Internas, IESS, Fiscalía, Consejo Electoral, Policía Judicial, Cortes, cámaras de la Producción, bancos, casas comerciales, etc., etc. Es decir, se quiere incluir en una ley una mezcolanza de materias nada afines. ¿Qué disponía la Constitución? Este sistema estará adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones. Todo en un ministerio. Los más disímiles temas en manos de un empleadito de tercer nivel, obediente al jefe. Pero la información en los Registros de la Propiedad será administrada “conjuntamente entre las municipalidades y la Función Ejecutiva”.
¿Cómo será eso?
Según el proyecto, el sistema estará a disposición del Ejecutivo, por lo que deberá asignársele fondos para su supervivencia. ¡Viva el dispendio de fondos públicos! Hoy el costo lo asume el interesado, y los derechos que cobran los registradores son módicos. Pero aquí otra inconstitucionalidad: el artículo 135 ordena que solo el Presidente puede presentar proyectos de ley que incrementen el gasto público, y el que comento fue elaborado por el Legislativo.El sesudo proyecto reforma una ley, la de Compañías. Cuando por las múltiples materias que trata debería modificar o derogar las leyes de Registro, Notarial, del Registro Civil, Código de Comercio, Ley de Instituciones Financieras, de Régimen Tributario Interno, de Mercado de Valores… la lista es interminable y muchas los asambleístas jamás habrán oído mencionar. Lo mejor que pueden hacer es lanzar al tarro este proyecto, con el peligro que la basura se contamine.
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