Por Fernando Larenas
Hace poco narré la experiencia (no mía) de lo que significa estar preso en la calle Cordero un jueves por la noche y hacer peripecias el viernes para evitar pasar el fin de semana en ese hotel de media estrella. Esa gracia le costó al infractor alrededor de USD 1 000 en pago a los abogados, quienes a su vez deben cancelar otros “honorarios” dentro de un esquema burocrático que cuesta un ojo de la cara; por suerte la justicia es “gratis”.El caso de hoy es el de un profesional, un amigo que respeta las leyes de tránsito y atleta en ciernes. El episodio también ocurrió un jueves por la noche antes del feriado del 9 de octubre cuando, de manera intempestiva, un motociclista, en aparente estado de ebriedad, se fue contra su carro.No hizo lo que hace la mayoría de choferes: “darse a la fuga”, una frase que oímos a diario de boca de los policías cuando acuden a constatar las secuelas dejadas por un troglodita que no respeta la vida de los demás. Al contrario, esperó que llegara el patrullero para acudir a la clínica y verificar el estado de salud del motociclista.Su odisea comenzó cuando el amable policía le comunicó que debía acompañarlo a la Cordero, para que se sirva guardar prisión hasta que las autoridades resuelvan el tipo de sanción, los costos, daños, perjuicios, etc.Tras llamar a su abogado, fue convencido de que era mejor que se haga el enfermo para evitar ir a dormir a la Cordero. Se suponía que en los feriados hay un fiscal de tránsito de turno para tramitar la libertad. Nada, los días pasaron, vio la parada militar del 9 de octubre acostado, el partido Ecuador-Uruguay el sábado, las repeticiones de Chespirito el domingo y los noticieros de la mañana del lunes, pero con la incomodidad del suero que lo dejó sobrehidratado. Recién al mediodía recobró su libertad luego de pagar “apenas” unos 600 dolaritos, como dicen los taxistas cuando se niegan a poner el taxímetro y fijan arbitrariamente la tarifa.He leído algunas veces la Ley de Tránsito y me parece que es un gran logro. Sin embargo, no encontré nada que pueda justificar la detención de mi amigo. Lo más cercano al caso es el artículo 145 (contravención muy grave) que dice: “Incurre en contravención muy grave y será sancionado con multa de una remuneración básica unificada, tres días de prisión y la pérdida de 10 puntos en su licencia, quien conduzca un vehículo en estado de embriaguez y se aprehenderá su carro por 24 horas”.La Ley es clara respecto del que conduce ebrio y causa un accidente, pero aplica la misma sanción para el que conduce sano y bueno. Felizmente el beodo solo resultó con algunos rasguños y, además, el estado de ebriedad se le evaporó porque, curiosamente, el test alcohólico marcó cero y fin del mal chiste.
Hace poco narré la experiencia (no mía) de lo que significa estar preso en la calle Cordero un jueves por la noche y hacer peripecias el viernes para evitar pasar el fin de semana en ese hotel de media estrella. Esa gracia le costó al infractor alrededor de USD 1 000 en pago a los abogados, quienes a su vez deben cancelar otros “honorarios” dentro de un esquema burocrático que cuesta un ojo de la cara; por suerte la justicia es “gratis”.El caso de hoy es el de un profesional, un amigo que respeta las leyes de tránsito y atleta en ciernes. El episodio también ocurrió un jueves por la noche antes del feriado del 9 de octubre cuando, de manera intempestiva, un motociclista, en aparente estado de ebriedad, se fue contra su carro.No hizo lo que hace la mayoría de choferes: “darse a la fuga”, una frase que oímos a diario de boca de los policías cuando acuden a constatar las secuelas dejadas por un troglodita que no respeta la vida de los demás. Al contrario, esperó que llegara el patrullero para acudir a la clínica y verificar el estado de salud del motociclista.Su odisea comenzó cuando el amable policía le comunicó que debía acompañarlo a la Cordero, para que se sirva guardar prisión hasta que las autoridades resuelvan el tipo de sanción, los costos, daños, perjuicios, etc.Tras llamar a su abogado, fue convencido de que era mejor que se haga el enfermo para evitar ir a dormir a la Cordero. Se suponía que en los feriados hay un fiscal de tránsito de turno para tramitar la libertad. Nada, los días pasaron, vio la parada militar del 9 de octubre acostado, el partido Ecuador-Uruguay el sábado, las repeticiones de Chespirito el domingo y los noticieros de la mañana del lunes, pero con la incomodidad del suero que lo dejó sobrehidratado. Recién al mediodía recobró su libertad luego de pagar “apenas” unos 600 dolaritos, como dicen los taxistas cuando se niegan a poner el taxímetro y fijan arbitrariamente la tarifa.He leído algunas veces la Ley de Tránsito y me parece que es un gran logro. Sin embargo, no encontré nada que pueda justificar la detención de mi amigo. Lo más cercano al caso es el artículo 145 (contravención muy grave) que dice: “Incurre en contravención muy grave y será sancionado con multa de una remuneración básica unificada, tres días de prisión y la pérdida de 10 puntos en su licencia, quien conduzca un vehículo en estado de embriaguez y se aprehenderá su carro por 24 horas”.La Ley es clara respecto del que conduce ebrio y causa un accidente, pero aplica la misma sanción para el que conduce sano y bueno. Felizmente el beodo solo resultó con algunos rasguños y, además, el estado de ebriedad se le evaporó porque, curiosamente, el test alcohólico marcó cero y fin del mal chiste.
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